Bienvenides
BienvenidesImportante: Alumno Libre es una modalidad de examen, no de cursado.
Todas las asignaturas de Primer Año de la Carrera de Psicología pueden rendirse en condición de libre.
En el caso de elegir esta opción, se requieren tres consultas obligatorias.
a) Las materias de cursado obligatorio son las que tienen carga horaria práctica:
*Los Seminarios no tienen carga horaria práctica, pero son de cursado obligatorio ya que sólo se aprobarán en instancia de Promoción sin examen.
**La Práctica Profesional Supervisada sólo admitirá la instancia de Promoción sin Examen Final, por lo que todas las materias correlativas deberán estar aprobadas al comienzo del año académico para acceder al cursado de esta materia.
***A partir del año 2015 y por el plazo de tres años las asignaturas “Neuropsicología y Psicopatología del Desarrollo” y “Psicología del Lenguaje y del Desarrollo” podrán rendirse en calidad de Libre.
b) El Trabajo Integrador Final, producido en la Promoción de la Práctica Profesional Supervisada, será defendido mediante un examen final.
c) Todas las materias no detalladas en los puntos a y b permiten tanto la instancia de examen libre como la de cursado con régimen re regularización. En todas estas materias la posibilidad de Promoción sin Examen dependerá de las cátedras correspondientes y figurará en los respectivos programas vigentes aprobados por el Consejo Directivo de la Facultad.
d) Respecto a la carga horaria obligatoria en el cursado de cada asignatura, se mantendrá el mismo régimen de obligatoriedad que en el Plan 96, transitoriamente por 3 años, de acuerdo a los programas aprobados por el Consejo Directivo, previo a la modificatoria 2014 y hasta tanto se garanticen las condiciones (cargos docentes, bandas horarias, etc) para su obligatoriedad.
Estas asignaturas sólo pueden ser regularizadas o aprobadas por Promoción Directa (PD) y es requisito obligatorio la asistencia a clases.
a) La condición de regularidad de los alumnos en las materias que acepten la condición de “Regular” tendrá una vigencia de seis años académicos desde la finalización del año académico de cursado, con excepción de las materias detalladas en el punto d.
b) Durante los primeros tres años de vigencia de regularidad de una materia, los alumnos tendrán derecho a rendir examen final según el programa correspondiente al año de cursado de la materia.
c) Durante los últimos tres años de vigencia de regularidad de una materia, los alumnos tendrán que rendir examen final según el último programa vigente.
d) Las materias que se detallan a continuación mantendrán la condición de regularidad por un año académico desde la finalización del año académico correspondiente al cursado: